2. LA SOBREPOBLACIÓN Y SUS
EFECTOS
La sobrepoblación en los centros penitenciarios
de la ciudad ha sido uno de los problemas que más atención le han
dedicado las autoridades encargadas del ambiente penitenciario, ya que el exceso
de población implica la aparición de nuevas dificultades como la
escasez de ofertas laborales y educativas (un requisito indispensable para la
posible obtención de algún tipo de preliberación),
además de que los problemas de seguridad y vigilancia por parte de los
custodios se torna más difícil. Sin duda, el exceso de
población impide el objetivo primordial de la aplicación de un
tratamiento que justifique la estancia de los internos, es decir, la
creación de toda una serie de instrumentos que brinde tratamiento
penitenciario, argumento sobre la cual se basa la creación de este tipo
de centros penitenciarios. Al crearse la prisión, es necesaria la
ejecución de actividades, planes y su control mediante un seguimiento que
le asigne una razón de ser a la institución penitenciaria. Es
así como se crea un grupo especializado que analiza, lleva a cabo los
programas y califica las actividades que realizan los
internos.
El incremento de la población penitenciaria en
los últimos años acarreó problemas que ya se venían
presentando como la falta de atención en los procedimientos
jurídicos. El sector de la población penitenciaria que más
ha sufrido este tipo de desatención por el déficit de personal
encargado de llevar a cabo la investigación y defensa de sus procesos
jurídicos, es la gente de escasos recursos, pues los abogados de oficio,
debido a la carga descomunal de trabajo, no puede proporcionar una
asesoría adecuada, y la orientación jurídica destinada a
este sector, es deficiente, ya que en muchos casos, personas permanecen durante
largos periodos de tiempo en prisión sin saber sobre las posibilidades o
alternativas de recuperar su libertad mediante una asesoría adecuada.
Es con la sobrepoblación que la atención
hacia los internos pierde la rigurosidad necesaria; la excesiva carga de trabajo
que tienen los trabajadores técnicos y administrativos tiene como
resultado que los estudios técnicos donde se agrupan los informes de las
áreas de Trabajo Social, Psicología, Pedagogía, Centro
escolar, Seguridad y custodia y Criminología, contengan escasa
información que pudiera definir con mayor claridad un seguimiento
especial para cada interno, Este paso, fundamental para conocer con mayor
detalle aspectos importantes de los internos, tanto a nivel individual, familiar
como social, pierde seguimiento y calidad; la atención se flexibiliza y,
en palabras que usa el personal penitenciario, lo que debería significar
como una “individualización de la pena”, es decir, la
aplicación de un tratamiento conforme a las características y
necesidades propias de cada interno, pierde consistencia y el seguimiento queda
sólo en descripciones superficiales plasmados en documentos que no tienen
ninguna relación, donde se describe superficialmente aspectos de los
internos durante su estancia en prisión, con relevancia minúscula
para estudios posteriores. Este objetivo plasmado en la ley, queda sólo
en una carencia de datos que describen de forma ambigua al interno y se
desaprovecha la oportunidad de obtener información más detallada
de las personas que ingresan a los centros penitenciarios, con la finalidad de
realizar estudios de mayor calidad.
Sin duda, este problema de déficit de personal en
los reclusorios, que contrasta con la creciente sobrepoblación, obliga a
ajustar la capacidad del personal y a reducir la calidad de los estudios de
personalidad de la población penitenciaria. Al final, esta
situación se verá reflejada en la exigua evaluación que las
autoridades realicen al interno cuando demande algún beneficio de
preliberación. No se cuentan con los elementos necesarios para una
evaluación adecuada, que reúna las características
personales y sociales de los posibles beneficiados y que se requieran con
seguridad a la hora de dar una opinión sobre la posible liberación
anticipada de los internos. La duda sobre la persona a la cual se le puede
otorgar algún tipo de beneficio, y que posiblemente no presente los
requerimientos adecuados, siempre estará presente.
Con respecto a la seguridad, esta igualmente pierde
fuerza, ya que el número de custodios es de aproximadamente 2 mil 871
elementos divididos en tres turnos, lo que nos dice que existen 957 custodios
por turno.
“Esta
cifra es realmente alarmante si tomamos en cuenta que la población
penitenciaria es de alrededor de 23,000 personas, con lo cual tenemos un
promedio de 24 internos por cada custodio en
turno.”[3]
La distribución del personal de seguridad y
Custodia debe centrarse en zonas estratégicas, como el área de
gobierno, el módulo de máxima seguridad, los dormitorios
conflictivos, zonas de castigo, las áreas de trabajo, torres de
vigilancia y los espacios de ingreso al penal como la aduana de personas y
vehículos además de recibir, en los días permitidos, a los
visitantes familiares. Por lo general, son pocos los custodios que se encargan
de la vigilancia de un dormitorio completo, el cual llega a albergar hasta
quinientos internos. El pase de lista que se aplica en tres o cuatro ocasiones
durante el día (y que es un instrumento básico para el control de
la población penitenciaria, ya que con este registro se pueden detectar
posibles fugas o desapariciones súbitas de internos), pierde fuerza y la
seguridad se disipa al igual que la disciplina al interior de los penales.
La sobrepoblación y el hacinamiento que presentan
los reclusorios capitalinos muestran que existen espacios insuficientes para los
internos, sin embargo, queda poco clara la distribución que se presenta
en las prisiones. En los reclusorios varoniles existen aproximadamente diez
dormitorios en cada centro penitenciario; estos dormitorios consisten en
edificios alargados de dos niveles donde cuarenta y ocho celdas se distribuyen
en dos niveles: veinticuatro celdas en dos pasillos en la parte superior y la
misma cantidad de celdas en la parte inferior. La entrada para cada dormitorio
se encuentra sobre el pasillo exterior denominado
“kilómetro”. A través de este pasillo exterior o
“kilómetro” se encuentran los accesos para cada dormitorio,
los cuales cuentan con una caseta para los custodios que vigilan la entrada y
salida de los internos que ahí habitan. A excepción de los
dormitorios de castigo y de protección que se encuentran separados del
resto de los dormitorios comunes, la totalidad de los dormitorios se distribuye
de forma continua, del número uno hasta el ocho, separados por un muro o
malla ciclónica provista de concertina que evita el paso entre los
dormitorios. Así, para saber la ubicación de cualquier interno
conforme a la asignación de las autoridades, se otorga primero el
número de dormitorio, posteriormente el número de zona (en este
caso, la zona es el pasillo o corredor en el cual se encuentra la celda y por
cada dormitorio existen cuatro pasillos o corredores) y finalmente el
número de celda, que se conoce como estancia (que en este caso, puede ser
del número uno al doce, ya que existen doce celdas o estancias por
pasillo, es decir, por zona). Para ejemplificar, un interno se puede ubicar en
el dormitorio tres, zona cuatro, estancia 9 (D 3, Z 4, E 9).
La asignación que recibe un interno, por parte de
las autoridades, depende de los estudios de personalidad, que, por ley, se le
deben aplicar. Estos estudios definirán el dormitorio que le será
asignado, y dependerá de la información con que se cuente sobre el
interno en ese momento. La información relevante para su
asignación será el tipo de delito, si cuenta con antecedentes
penales, si presenta alguna discapacidad, si es homosexual, si cuenta con un
rango determinado de edad, entre otros. Hasta aquí la labor del personal
técnico ha concluido. El interno tendrá que adaptarse con sus
nuevos compañeros en la ubicación que le sea asignada, y, si
acepta, acatará las reglas internas que estén vigentes entre los
internos de la estancia. Los problemas que se suscitan en las estancias entre
los internos, como robos, consumo de drogas, riñas, u otros, crea entre
la población cierta movilidad al interior de los penales: muchos de los
internos se ven obligados a buscar un nuevo dormitorio. Esta situación es
muy irregular, pues puede haber casos en que las estancias o celdas lleguen a
ocupar hasta cerca de veinte internos, mientras que en otras, ya sea por medidas
de seguridad, o por situaciones que privilegien a determinados internos con
solvencia económica, o con poder al interior del penal, llegan a
presentarse casos en que existan estancias completas para uno o dos internos, lo
que produce una situación imparcial con respecto a la distribución
de los internos. Otro de los problemas con la irregular distribución de
los internos en las estancias proviene de las características de los
internos en particular: Muchos internos se oponen a que determinados
compañeros sean ubicados en sus estancias, ya que presentan problemas de
robos o de consumo de drogas, situación que a muchos internos incomoda
debido a que los internos que consumen drogas, en situaciones extremas, recurren
a robos de las pertenencias de los compañeros, provocan riñas, o
continuamente son castigados por su intoxicación, y esto afecta el orden
y la estabilidad creada al interior de cada estancia. Caso contrario, sucede
cuando existen vínculos de amistad entre internos, desde el exterior o
que se generen en el mismo penal (por ejemplo: ser de la misma colonia, ser
algún familiar, encontrarse con amigos, identificación en no
consumir drogas, practicar un deporte o labor, etc.) lo que provoca que se
solicite ante las autoridades el cambio de estancia de una amistad, y a pesar de
que puede existir un numero considerable de internos en la estancia, con la
anuencia de los demás habitantes de la celda, es posible integrar a un
interno más, asumiendo las incomodidades que representa el
hacinamiento.
Tabla 1. Capacidad instalada y población por
reclusorio en el D.F.[4]
|
|
RPVN
|
RPVS
|
RPVO
|
PDF
|
CEVAREPSI
|
RPFN
|
RPFO
|
CFRS
|
SANCIONES
|
TOTAL
|
|
Capacidad instalada*
|
4,892
|
2,998
|
4,766
|
1,859
|
200
|
200
|
156
|
385
|
124
|
15,580
|
|
Capacidad real**
|
8,196
|
4,234
|
8,146
|
1,162
|
131
|
374
|
462
|
279
|
11
|
22,995
|
|
Ingresos
|
163
|
139
|
118
|
3
|
2
|
21
|
26
|
7
|
131
|
610
|
|
Egresos
|
108
|
95
|
117
|
20
|
5
|
16
|
26
|
2
|
146
|
535
|
|
Índice
de Sobrepoblación
|
167
|
141
|
171
|
63
|
66
|
187
|
196
|
73
|
9
|
148
|
Fuente: DGPRS-DF, Propuesta de puntos para el
diagnóstico. México, documento interno, octubre del
2002.
* Número de espacios
construidos y habilitados para un
recluso.
** Número de reclusos que
viven.
El hacinamiento que se presenta en las prisiones se
produce de manera más clara en las noches, a la hora de dormir, ya que
ningún interno debe estar fuera de su estancia después de las
veinte horas, cuando el último pase de lista es llevado a cabo. Los
camarotes que se encuentran empotrados a las paredes en las estancias (que son
cuatro, por lo regular) son insuficientes por lo que muchos internos duermen en
el piso y cuando el número de internos es considerable en la celda, la
distribución requerirá la imaginación y el sacrificio de
algunos internos además de la utilización de todo espacio
disponible. Pasada la noche, la mayoría de los internos realizan sus
actividades fuera de sus celdas, y es hasta la noche siguiente cuando se
presentará nuevamente el problema de la distribución en la
estancia.
Otro de los efectos que la sobrepoblación tiene
sobre la administración penitenciaria, es la escasez de la oferta tanto
laboral como educativa. Líneas más arriba marcábamos los
inconvenientes para la realización de los estudios de personalidad por
parte del personal administrativo, que tiene como resultado la
elaboración de estudios de poca calidad para un seguimiento adecuado de
cada uno de los internos; pero a esta situación de no tener definido el
perfil del la persona recluida, se suma la falta de actividades al interior de
los centros preventivos. Según el Artículo 18 constitucional, el
tratamiento que se les dará a los internos será con base en el
trabajo, la educación y la capacitación para el trabajo, pero en
la realidad, las ofertas laborales y educativas son insuficientes para la
demanda que se tiene. Aunque el trabajo al interior de los penales no es
obligatorio, se exige como requisito para la posible obtención de un
beneficio de libertad anticipada; lo mismo pasa con la actividad escolar.
[3] Comisión de
Derechos Humanos del Distrito Federal, Diagnóstico Interinstitucional
del sistema penitenciario del Distrito Federal, Octubre de 2002, Fuente:
www.cdhdf.org.mx[]
4 Ibíd.