3.2. EVASIÓN FISCAL
El presente capítulo manejará el
fundamento de la obligación tributaria, definiciones de evasión
fiscal, su clasificación, los elementos que se deben considerar para
hablar de evasión fiscal, las causas y consecuencias de este problema,
sus responsables, la actitud de las autoridades y algunos problemas de
solución.
3.2.1. Fundamento de la obligación
tributaria:
Desde el acta Constitucional de 31 de enero de 1894,
hasta la Constitución de 1917, se ha facultado al Estado para que pueda
exigir de los ciudadanos el traslado de una parte de su riqueza, aportaciones
que en su origen se conocieron como tributos y que actualmente se denominan
contribuciones.
Hay que tener en cuenta que hay contribuciones federales
como el Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado, pero
también existen contribuciones estatales o municipales. Así que si
una persona reside en el Distrito Federal tendrá que cubrir los impuestos
federales y los que señale el código financiero para el Distrito
Federal.
De acuerdo al principio constitucional es lo que
pretende analizar nuestra Carta Magna que regula el establecimiento de las
contribuciones que se encuentra en el artículo 31 fracción
IV.
Esto implica, que para que se pueda dar la exigibilidad
de contribuir para los gastos públicos, se deben establecer leyes, entre
las cuales se encuentran:
- Código Fiscal de la Federación
- LISR
- LIVA
- LIA
- Código Financiero del Distrito
Federal.
3.2.2 Definición de evasión
fiscal.
"Se entiende que existe evasión fiscal cuando una
persona infringiendo la ley, deja de pagar todo o una parte de un impuesto al
que está obligado" 4
Para Armando Giorgetti "La evasión tributaria, es
cualquier hecho comisivo u omisivo, del sujeto pasivo de la imposición
que contravenga o viole una norma fiscal y en virtud del cual una riqueza
imponible, en cualquier forma, resulte sustraída total o parcialmente al
pago del tributo previsto por la ley. 5
3.2.3. Clasificación de la evasión
fiscal
La evasión es clasificada de diversas maneras por
los especialistas, a continuación se presentan las clasificaciones
más comunes:
Toda evasión puede ser total o parcial, "...
parcial cuando el contribuyente aparece como ciudadano cumplidor, pagando
sólo una parte de las contribuciones a que esta obligado y ... total
cuando se evita en todo el pago de dichas contribuciones, aún cuando no
se utilice ningún medio"
4
Jesús Espinoza, La evasión fiscal, p. 135.
5 Armano
Giorgetti, p. 107, (citado en la obra de Alejandra Sandoval, La evasión
fiscal y sus efectos, p. 76)
También existe otra clasificación de la
evasión: legal e ilegal
La evasión ilegal, se puede apuntar que las
formas más conocidas en que se lleva a cabo, son las
siguientes:
- Ocultación de la base imponible
- Aumento indebido de las deducciones, exenciones o de los
créditos por impuestos pagados
- Traslación o desplazo de la base
imponible
- Morosidad en el pago de
impuestos.}
3.2.4. Elementos de la evasión
fiscal
- "Que exista una persona física o moral, obligada
al pago del impuesto"
- Que se deje de pagar total o parte del
impuesto
- Que infrinja una ley.
- Causas de la evasión
fiscal
- La no existencia de conciencia tributaria
- Contribuciones exageradamente altas
- La compleja estructura del sistema tributario
- La falta de expedición administrativa de las
disposiciones fiscales
- Bajo riesgo de ser detectado
- La resistencia al pago de
impuestos
Mientras que las consecuencias de esta evasión
legal son el desempleo y la fuga de capitales y por ende un retroceso en el
desarrollo nacional.
3.3. Propuestas de solución para abatir la
evasión por el comercio ambulante
- Que el sistema tributario esté estructurado sobre
el menor número de gravámenes posibles;
- Que los funcionarios de la administración
tributaria sean eficientes, idóneos, posean vocación de servicio y
sean honestos en su actuación;
- Que el gasto de los recursos públicos sea
escrupuloso, justificado, transparente y eficaz
- Que la acción del fisco sea enérgica e
inflexible sobre todo para los que defraudan; así como para los
funcionarios que acepten sobornos en las aduanas.
- En cuanto al sistema de imponer sanciones, éste
debe ser tal que sea capaz de infundir a los contribuyentes en general, respeto
a las leyes fiscales, y a los evasores temor a ser descubiertos y
castigados"
- Que el pago sea real y no sean encubiertos por subsidios
o exenciones.
- Se sugiere que se legisle sobre esta materia, que se le
dé toda la importancia legislativa que debe tener el delito de
defraudación fiscal.
"Shuller propone la existencia de un impuesto
único que sólo grave a la energía (electricidad,
petróleo, carbón, gasolina, etc) ya que al recaer en la fuente
misma de la actividad económica, se suprimirían las demás
contribuciones, con lo que se evitaría el fraude fiscal asegurando al
Estado ingresos regulares y fáciles de evaluar"
6
6 Jesús Espinoza, Op cit, p.139