LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFÍA. Una
breve revisión
Por: Alejandra Cordero
León.
Antecedentes
La
industria cinematográfica en México surge aproximadamente por el
año de 1917 en el cual, Azteca Film, fundada por Mimí Derba,
produjo 5 largometrajes de ficción capitalinos. Sin embargo, las leyes
que habrían de regir a la industria tardarían en ser establecidas.
Así, en 1941 fue ratificado el acuerdo de Lázaro Cárdenas
que hacía obligatoria la exhibición de películas mexicanas
en todas las salas del país. Este sería un gran primer paso en el
que las leyes darían protección a una industria que en ese
entonces ya comenzaba a encontrar su cauce hacia el resplandor de su
época de oro. El 14 de abril de 1942 fue creado el Banco
Cinematográfico S.A., por iniciativa del Banco Nacional de México
y con apoyo moral de la presidencia de Manuel Ávila Camacho. El
presidente debió haber tenido un poco más de visión y dar
ese apoyo moral a través de la creación de leyes que ya se
requerían en esos momentos en los que la producción nacional iba
en aumento y, aquellos monopolios, también. Con esto los empresarios
lograron la exención de impuestos de exhibición sobre las
películas nacionales y sobre la importación de materiales y
equipo. Fue hasta 1949 que se creó una ley específica para la
industria cinematográfica. Esta ley tuvo ciertas reformas en 1952. En
ellas se requería que las empresas exhibidoras de películas
destinaran un 50 por ciento de su tiempo de pantalla a la exhibición de
películas, situación que fue cambiada abrogando esta ley por una
nueva: la ley federal de cinematografía publicada en el diario oficial de
la federación el 29 de diciembre de 1992. Esta ley tardó demasiado
en llegar, pues la industria ya estaba en decadencia y pretendía renacer
bajo el slogan de Nuevo cine Mexicano apoyado con campañas del
IMCINE, las cuales por sí solas no iban a conseguir reactivar toda una
industria. Entonces, los integrantes del gremio cinematográfico, de los
cuales destacó la actriz y diputada María Rojo, empezaron a buscar
la manera de lograr una reforma que le diera mayores beneficios a la industria.
Es así como el 15 de diciembre de 1998, la ley es modificada por el
Presidente Ernesto Zedillo.
Iniciativas
de reformas a la ley.
-“¿Qué
se necesita para salvar al cine mexicano”
-“Una
ley que realmente reactive la producción, que nos dé más
espacios en las salas y una competencia más equitativa respecto a las
grandes productoras norteamericanas.
Eso le toca a nuestro
gobierno: él debe proteger su propio cine. Con lana no vamos a
competir.” Demián Bichir. (actor)
Las
leyes que regían a la cinematografía hasta 1949, teniendo ciertas
reformas en 1952, no contribuyeron en mucho al beneficio de la industria. Esto
se refleja claramente en los hechos que dieron lugar a una crisis que
determinó que en nuestro país ya no exista una industria
cinematográfica como tal. Afortunadamente, quienes deseamos que la
industria fílmica nacional resurja, hemos visto que la iniciativa de
reforma hecha en 1998 contribuye con más beneficios que la propuesta en
1992. En la del 92 faltan muchas especificaciones pues cuenta con
únicamente cuatro capítulos, 15 artículos más 4
transitorios. En la del 98 (con diez capítulos,47 artículos y 5
transitorios) se da una gama más amplia de aplicar las leyes de manera
más clara y explícita.
Capítulo
I (arts. del 1 al 12) Disposiciones generales.- Aquí se encuentran,
principalmente, el objetivo de la ley y a quién corresponde su
aplicación y vigilancia; resalta la libertad de expresarse por el medio
cinematográfico. Da las definiciones claras y precisas de: industria
cinematográfica nacional, película, película de
producción nacional, titular de los derechos de autor de la obra
cinematográfica. Además, se prohíbe el monopolio con las
sanciones correspondientes y se otorga el derecho de toda persona a participar
en cualquier área de la industria. Este capítulo abarca
brevemente las principales preocupaciones de quienes laboran en la industria y
lo hace de manera satisfactoria.
Capítulo
II (arts. del 13 al 15)De la producción cinematográfica.- Se
definen con exactitud los principales factores del sector de los productores de
películas resaltando las disposiciones en cuanto a las coproducciones que
delimitan a la perfección la situación y delegan correctamente lo
no establecido en este apartado a las leyes correspondientes.
Capítulo
III (arts. 16 y 17) De la distribución.- En éste se destaca de
manera especial el hecho de no permitir que los distribuidores obstaculicen el
destino de ningún material fílmico.
Capítulo
IV (arts. del 18 al 23) De la exhibición y comercialización.-
Aquí sobresale el proporcionar por ley un 10% del tiempo total de
exhibición de películas mexicanas, además de un
período mínimo de una semana. Con ello, se le da garantía
al cine nacional de tener espacios para la exhibición y la
recuperación económica de la producción. Otro aspecto es la
prohibición de cortar, censurar y mutilar las cintas para su
exhibición. Esto protege la libertad de expresión y el respeto
hacia el público de ver una obra tal y como fue concebida originalmente.
Capítulo
V (arts. del 24 al 27)De la clasificación.- Clasificar las
películas ofrece al espectador la seguridad de lo que puede y /o quiere
ver en cuanto a contenido. Además que la existencia de la
clasificación “D” protege la libertad de expresión, y
obliga a los encargados de la exhibición a negar el acceso a quienes no
tengan la edad necesaria para ver ese tipo de películas.
Capítulo
VI (arts. del 28 al 30)De la importación de películas.- Especifica
el proceso para producir, exhibir y distribuir películas
extranjeras.
Capítulo
VII (arts. del 31 al 38)Del fomento a la industria cinematográfica.-
Menciona los estímulos fiscales que se les otorgaran a quienes fomenten a
la industria. Y también a los productores que obtengan premios
internacionales se les darán ciertos estímulos. En este apartado,
se deberían incluir a directores, cinefotográfos, músicos,
guionistas y actores. No se debe olvidar que un productor no puede hacer cine
él sólo. Necesita de todos los artistas ya mencionados. ¿Por
qué no estimularlos también a ellos?
La
creación del Fidecine, perfectamente bien especificada, da lugar a una
verdadera esperanza de la reactivación del cine nacional, pues al
parecer, se tiene el objetivo real de apoyar a la industria con recursos
financieros.
Capítulo
VIII (arts. 39 y 40)De la cineteca nacional.- Este apartado es muy importante
pues habla de una de las instituciones cinematográficas que requieren
atención y con este capítulo se da la protección adecuada
para que la cineteca optimice su desarrollo y sus funciones.
Capítulo
IX (arts. 41 y 42)De las autoridades competentes.- Determina las atribuciones
especificas de la S.E.P. a través del CONACULTA y del Instituto Nacional
del Derecho de Autor y las de la Secretaría de Gobernación a
través de la Dirección General de Radio, Televisión y
Cinematografía. Aquí se muestra con precisión una
correlación e interdisciplinariedad de las dependencias
correspondientes. Con esto, las leyes se diversifican y se vuelven más
eficaces al tener una canalización específica a cada área
especialista en los tópicos que se le asignan y se facilita la
observancia plena de dichas leyes.
Capítulo
X (arts. del 43 al 47)De las sanciones.-Menciona a la Secretaría de
Educación Pública y a la Secretaría de Gobernación,
como las dependencias facultadas para sancionar a quienes no sigan las
disposiciones que la ley establece a través de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo. Éstas son explicadas con bastante claridad
y muestran que la ley tiene el vigor necesario para que su función no se
desvíe por intereses particulares.
Transitorios.-
En ellos se aclara la vigencia de la ley, y las disposiciones generales para su
observancia.
La
ley: algunas carencias.
Aunque
esta ley (1998) tiene muy buenos aspectos, se puede todavía mejorar pues
no menciona aspectos como:
- Las escuelas de cine del país, su
situación, estímulos y demás aspectos que se necesitan
tomar en cuenta para el beneficio y el enriquecimiento de la
industria.
- La situación específica del
Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica
(sólo se menciona en el artículo 37), su injerencia en la
producción y en general en todos los sectores de la
industria.
- El esclarecimiento de la diferencia entre la
exhibición en formato de video y en formato de cine, pues es mucho
más barata la primera y, aunque las tarifas sean libres, debiera
regularse que no se debe cobrar en taquilla al mismo precio si la calidad en
video es mucho menor al igual que los costos de copiado y
proyección.
- El Instituto Mexicano de
Cinematografía debería contar con un capítulo en la ley
como el de la Cineteca Nacional, pues tiene importancia dentro del medio
fílmico y en la ley esto no se
refleja.
Conclusiones
- Las leyes son absolutamente indispensables
para el buen funcionamiento de la industria cinematográfica de este
país, sin embargo, la revisión de la historia demuestra que no
siempre se adaptan a la realidad. El hecho de que una industria tan importante
en su tiempo haya sido deteriorada y casi exterminada por intereses
particulares, se debió en gran parte al descuido de las autoridades
competentes quienes pretendieron en su momento culpar únicamente al fin
de la segunda guerra mundial y por lo tanto al retorno de la industria
Hollywoodense al mercado internacional, incluso hubo quienes mencionaron a la
muerte de Pedro Infante como la causa del fin de la época de oro. En
realidad, la industria decayó notablemente no sólo por eso. El
saqueo indiscriminado del Banco Cinematográfico; el monopolio de los
empleos dentro de la industria por parte de añejos empresarios
directores, actores, etc.; el uso ya sobrado y desgastado de los mismos temas;
el cambio de políticas sexenales bruscas (de la represión
diazordacista a la expresión libertaria y propositiva de
Echeverría); el nepotismo de algunos presidentes (López Portillo
hizo de su hermana Margarita una súper villana de uno de los episodios
negros de la historia del cine nacional: se incendió la Cineteca
Nacional, trajo directores extranjeros boicoteando a los nacionales,
provocó el auge del cine de ficheras); el salinismo ambivalente (por una
parte pretende la plena libertad de expresión en temas como el 68 y el
ejército, pero en el cine, para expresarse se necesitan financiamientos
muy altos, a los cuales no se tuvo acceso de la manera esperada y
requerida)
- La reforma de ley de 1998 es una muy buena
iniciativa en beneficio del desarrollo de la industria. Esto se ve reflejado en
el aumento de las producciones nacionales que se pueden apreciar en salas
comerciales, no únicamente en cineclubes . Hemos tenido la oportunidad de
tener en cartelera 3 o 4 películas mexicanas al mismo tiempo y que
éstas duren más de 3 semanas. Eso hacía mucho que no se
veía. Además son películas de mediana a alta calidad. Por
fortuna, los “superchurrazos” ya pasaron a invadir el mercado del
videohome.
- Esta ley (98) es un buen comienzo para ir
haciendo toda un proceso hacia el replanteamiento de reestructurar a la
industria.
- Si esta ley hubiera incluido a las escuelas
de cine, al IMCINE y al Sindicato de trabajadores de la Producción
Cinematográfica de manera más específica, tendría
una efectividad real más amplia.
- Es una pena que la iniciativa de crear un
fondo pagando un peso más por el boleto no fuera aceptada dentro de la
ley. Los exhibidores siguen en su postura ciega y absurda de monopolizar con su
sector a toda la industria, ahogando a los demás sectores. La
contracampaña que realizaron con toda su infraestructura fue demasiado
desleal, y consiguieron que no hubiera una ley en pro de la realización
fílmica en
México.
- Mientras no exista una unidad de intereses
adecuada entre los tres grandes sectores de la industria, productores,
exhibidores y distribuidores, las leyes no podrán ser satisfactorias del
todo.
- El gobierno de este país
debería poner más atención en la industria
cinematográfica. Debería tener la visión que es una
industria que puede darle beneficios múltiples(económicos y
culturales, principalmente) como cualquiera otra industria que de apoyarla lo
suficiente daría frutos tan satisfactorios como los de Estados Unidos,
con la diferencia enorme de que nuestras películas tendrían el
mismo impacto comercial, pero mucho más valor artístico.
Fuentes
de información:
Bibliográfica:
García
Riera, Emilio
Historia
del cine mexicano
Ed.
Secretaría de Educación Pública, México
1985
Soberón Torchia, Edgar
Un
siglo de cine
Ed.
Cine memoria, México. 1995
Internet:
Hemerográfica:
Revista
Somos
100
años de cine mexicano
Ed.
Eres. México enero 1996
Artes
de México, Revista Libro Bimestral
Revisión
del Cine Mexicano
Ed.
Artes de México y del Mundo, México diciembre
1990