Inicio Contenido

LEY FEDERAL DE CINEMATOGRAFÍA. Una breve revisión

Por: Alejandra Cordero León.

Antecedentes

La industria cinematográfica en México surge aproximadamente por el año de 1917 en el cual, Azteca Film, fundada por Mimí Derba, produjo 5 largometrajes de ficción capitalinos. Sin embargo, las leyes que habrían de regir a la industria tardarían en ser establecidas. Así, en 1941 fue ratificado el acuerdo de Lázaro Cárdenas que hacía obligatoria la exhibición de películas mexicanas en todas las salas del país. Este sería un gran primer paso en el que las leyes darían protección a una industria que en ese entonces ya comenzaba a encontrar su cauce hacia el resplandor de su época de oro. El 14 de abril de 1942 fue creado el Banco Cinematográfico S.A., por iniciativa del Banco Nacional de México y con apoyo moral de la presidencia de Manuel Ávila Camacho. El presidente debió haber tenido un poco más de visión y dar ese apoyo moral a través de la creación de leyes que ya se requerían en esos momentos en los que la producción nacional iba en aumento y, aquellos monopolios, también. Con esto los empresarios lograron la exención de impuestos de exhibición sobre las películas nacionales y sobre la importación de materiales y equipo. Fue hasta 1949 que se creó una ley específica para la industria cinematográfica. Esta ley tuvo ciertas reformas en 1952. En ellas se requería que las empresas exhibidoras de películas destinaran un 50 por ciento de su tiempo de pantalla a la exhibición de películas, situación que fue cambiada abrogando esta ley por una nueva: la ley federal de cinematografía publicada en el diario oficial de la federación el 29 de diciembre de 1992. Esta ley tardó demasiado en llegar, pues la industria ya estaba en decadencia y pretendía renacer bajo el slogan de Nuevo cine Mexicano apoyado con campañas del IMCINE, las cuales por sí solas no iban a conseguir reactivar toda una industria. Entonces, los integrantes del gremio cinematográfico, de los cuales destacó la actriz y diputada María Rojo, empezaron a buscar la manera de lograr una reforma que le diera mayores beneficios a la industria. Es así como el 15 de diciembre de 1998, la ley es modificada por el Presidente Ernesto Zedillo.

Iniciativas de reformas a la ley.

-“¿Qué se necesita para salvar al cine mexicano”
-“Una ley que realmente reactive la producción, que nos dé más espacios en las salas y una competencia más equitativa respecto a las grandes productoras norteamericanas.
Eso le toca a nuestro gobierno: él debe proteger su propio cine. Con lana no vamos a competir.” Demián Bichir. (actor)
Las leyes que regían a la cinematografía hasta 1949, teniendo ciertas reformas en 1952, no contribuyeron en mucho al beneficio de la industria. Esto se refleja claramente en los hechos que dieron lugar a una crisis que determinó que en nuestro país ya no exista una industria cinematográfica como tal. Afortunadamente, quienes deseamos que la industria fílmica nacional resurja, hemos visto que la iniciativa de reforma hecha en 1998 contribuye con más beneficios que la propuesta en 1992. En la del 92 faltan muchas especificaciones pues cuenta con únicamente cuatro capítulos, 15 artículos más 4 transitorios. En la del 98 (con diez capítulos,47 artículos y 5 transitorios) se da una gama más amplia de aplicar las leyes de manera más clara y explícita.
Capítulo I (arts. del 1 al 12) Disposiciones generales.- Aquí se encuentran, principalmente, el objetivo de la ley y a quién corresponde su aplicación y vigilancia; resalta la libertad de expresarse por el medio cinematográfico. Da las definiciones claras y precisas de: industria cinematográfica nacional, película, película de producción nacional, titular de los derechos de autor de la obra cinematográfica. Además, se prohíbe el monopolio con las sanciones correspondientes y se otorga el derecho de toda persona a participar en cualquier área de la industria. Este capítulo abarca brevemente las principales preocupaciones de quienes laboran en la industria y lo hace de manera satisfactoria.
Capítulo II (arts. del 13 al 15)De la producción cinematográfica.- Se definen con exactitud los principales factores del sector de los productores de películas resaltando las disposiciones en cuanto a las coproducciones que delimitan a la perfección la situación y delegan correctamente lo no establecido en este apartado a las leyes correspondientes.
Capítulo III (arts. 16 y 17) De la distribución.- En éste se destaca de manera especial el hecho de no permitir que los distribuidores obstaculicen el destino de ningún material fílmico.
Capítulo IV (arts. del 18 al 23) De la exhibición y comercialización.- Aquí sobresale el proporcionar por ley un 10% del tiempo total de exhibición de películas mexicanas, además de un período mínimo de una semana. Con ello, se le da garantía al cine nacional de tener espacios para la exhibición y la recuperación económica de la producción. Otro aspecto es la prohibición de cortar, censurar y mutilar las cintas para su exhibición. Esto protege la libertad de expresión y el respeto hacia el público de ver una obra tal y como fue concebida originalmente.
Capítulo V (arts. del 24 al 27)De la clasificación.- Clasificar las películas ofrece al espectador la seguridad de lo que puede y /o quiere ver en cuanto a contenido. Además que la existencia de la clasificación “D” protege la libertad de expresión, y obliga a los encargados de la exhibición a negar el acceso a quienes no tengan la edad necesaria para ver ese tipo de películas.
Capítulo VI (arts. del 28 al 30)De la importación de películas.- Especifica el proceso para producir, exhibir y distribuir películas extranjeras.
Capítulo VII (arts. del 31 al 38)Del fomento a la industria cinematográfica.- Menciona los estímulos fiscales que se les otorgaran a quienes fomenten a la industria. Y también a los productores que obtengan premios internacionales se les darán ciertos estímulos. En este apartado, se deberían incluir a directores, cinefotográfos, músicos, guionistas y actores. No se debe olvidar que un productor no puede hacer cine él sólo. Necesita de todos los artistas ya mencionados. ¿Por qué no estimularlos también a ellos?
La creación del Fidecine, perfectamente bien especificada, da lugar a una verdadera esperanza de la reactivación del cine nacional, pues al parecer, se tiene el objetivo real de apoyar a la industria con recursos financieros.
Capítulo VIII (arts. 39 y 40)De la cineteca nacional.- Este apartado es muy importante pues habla de una de las instituciones cinematográficas que requieren atención y con este capítulo se da la protección adecuada para que la cineteca optimice su desarrollo y sus funciones.
Capítulo IX (arts. 41 y 42)De las autoridades competentes.- Determina las atribuciones especificas de la S.E.P. a través del CONACULTA y del Instituto Nacional del Derecho de Autor y las de la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. Aquí se muestra con precisión una correlación e interdisciplinariedad de las dependencias correspondientes. Con esto, las leyes se diversifican y se vuelven más eficaces al tener una canalización específica a cada área especialista en los tópicos que se le asignan y se facilita la observancia plena de dichas leyes.
Capítulo X (arts. del 43 al 47)De las sanciones.-Menciona a la Secretaría de Educación Pública y a la Secretaría de Gobernación, como las dependencias facultadas para sancionar a quienes no sigan las disposiciones que la ley establece a través de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Éstas son explicadas con bastante claridad y muestran que la ley tiene el vigor necesario para que su función no se desvíe por intereses particulares.
Transitorios.- En ellos se aclara la vigencia de la ley, y las disposiciones generales para su observancia.

La ley: algunas carencias.
Aunque esta ley (1998) tiene muy buenos aspectos, se puede todavía mejorar pues no menciona aspectos como:

Conclusiones

  1. Las leyes son absolutamente indispensables para el buen funcionamiento de la industria cinematográfica de este país, sin embargo, la revisión de la historia demuestra que no siempre se adaptan a la realidad. El hecho de que una industria tan importante en su tiempo haya sido deteriorada y casi exterminada por intereses particulares, se debió en gran parte al descuido de las autoridades competentes quienes pretendieron en su momento culpar únicamente al fin de la segunda guerra mundial y por lo tanto al retorno de la industria Hollywoodense al mercado internacional, incluso hubo quienes mencionaron a la muerte de Pedro Infante como la causa del fin de la época de oro. En realidad, la industria decayó notablemente no sólo por eso. El saqueo indiscriminado del Banco Cinematográfico; el monopolio de los empleos dentro de la industria por parte de añejos empresarios directores, actores, etc.; el uso ya sobrado y desgastado de los mismos temas; el cambio de políticas sexenales bruscas (de la represión diazordacista a la expresión libertaria y propositiva de Echeverría); el nepotismo de algunos presidentes (López Portillo hizo de su hermana Margarita una súper villana de uno de los episodios negros de la historia del cine nacional: se incendió la Cineteca Nacional, trajo directores extranjeros boicoteando a los nacionales, provocó el auge del cine de ficheras); el salinismo ambivalente (por una parte pretende la plena libertad de expresión en temas como el 68 y el ejército, pero en el cine, para expresarse se necesitan financiamientos muy altos, a los cuales no se tuvo acceso de la manera esperada y requerida)
  2. La reforma de ley de 1998 es una muy buena iniciativa en beneficio del desarrollo de la industria. Esto se ve reflejado en el aumento de las producciones nacionales que se pueden apreciar en salas comerciales, no únicamente en cineclubes . Hemos tenido la oportunidad de tener en cartelera 3 o 4 películas mexicanas al mismo tiempo y que éstas duren más de 3 semanas. Eso hacía mucho que no se veía. Además son películas de mediana a alta calidad. Por fortuna, los “superchurrazos” ya pasaron a invadir el mercado del videohome.
  3. Esta ley (98) es un buen comienzo para ir haciendo toda un proceso hacia el replanteamiento de reestructurar a la industria.
  4. Si esta ley hubiera incluido a las escuelas de cine, al IMCINE y al Sindicato de trabajadores de la Producción Cinematográfica de manera más específica, tendría una efectividad real más amplia.
  5. Es una pena que la iniciativa de crear un fondo pagando un peso más por el boleto no fuera aceptada dentro de la ley. Los exhibidores siguen en su postura ciega y absurda de monopolizar con su sector a toda la industria, ahogando a los demás sectores. La contracampaña que realizaron con toda su infraestructura fue demasiado desleal, y consiguieron que no hubiera una ley en pro de la realización fílmica en México.

  1. Mientras no exista una unidad de intereses adecuada entre los tres grandes sectores de la industria, productores, exhibidores y distribuidores, las leyes no podrán ser satisfactorias del todo.

  1. El gobierno de este país debería poner más atención en la industria cinematográfica. Debería tener la visión que es una industria que puede darle beneficios múltiples(económicos y culturales, principalmente) como cualquiera otra industria que de apoyarla lo suficiente daría frutos tan satisfactorios como los de Estados Unidos, con la diferencia enorme de que nuestras películas tendrían el mismo impacto comercial, pero mucho más valor artístico.



Fuentes de información:
Bibliográfica:
García Riera, Emilio
Historia del cine mexicano
Ed. Secretaría de Educación Pública, México 1985

Soberón Torchia, Edgar
Un siglo de cine
Ed. Cine memoria, México. 1995
Internet:
www.canacine.org.mx
Hemerográfica:
Revista Somos
100 años de cine mexicano
Ed. Eres. México enero 1996

Artes de México, Revista Libro Bimestral
Revisión del Cine Mexicano
Ed. Artes de México y del Mundo, México diciembre 1990




Inicio Contenido